El presidente Alberto Fernández confirmó hoy que la cuarentena de 14 días será obligatoria para quienes regresen de los países afectados por la epidemia de coronavirus (COVID-19) y señaló que quienes no la cumplan estarán “incurriendo en un delito, que es el delito que pone en riesgo a la salud pública”.
¿Cuáles son las penas? El Código Penal es claro y dispone en su artículo 205 que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la propagación o introducción de una epidemia”.
Asimismo, en su artículo 202 señala que “será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa”; y en el 203 sostiene que cuando la difusión de la epidemia sea por “imprudencia” será multado si no hay víctimas fatales y apresado si los hay.
“Yo dije que teníamos que cambiar el tema de la cuarentena y eso se va a resolver hoy. La persona que cumple esa cuarentena de 14 días tiene la obligación de recluirse en soledad en su casa. No es voluntario, no es una recomendación: deberá hacerlo con las consecuencias que eso supone”, dijo hoy Fernández.





