Condenan con arresto y multa a dolorense que organizó carreras y apuestas con galgos

En una causa contravencional donde además se lo declaró reincidente, disponiéndose a su vez la clausura definitiva del lugar donde se corrían las carreras. Testimonios varios, fotos e informes, sirvieron de fundamente para la sentencia.

Un vecino fue recientemente condenado en el Jugado Correccional nº 1 Departamental en el marco de una causa contravencional, con pena  de arresto y multa por haber organizado carrera de galgos en nuestra ciudad, disponiéndose al propio tiempo la clausura definitiva del lugar.

La Juez Dra. María Eva Merlo consignó en el fallo, que estaba legalmente acreditado  que a partir del mediodía del 12 de octubre de 2014, en un predio ubicado en la calle 315 entre Márquez y Rico de nuestra ciudad un vecino organizaba carreras de perros galgos en abierta violación con la Ley, ya que no estaba autorizado para realizar ese tipo de evento, ni habilitado el lugar para ello, no contando el canódromo con la correspondiente autorización, habilitación o licencia. Y que el individuo era además organizador de las apuestas de las carreras que allí se efectuaban.

Que asimismo había quedado acreditado que una mujer -no identificada-, colaboraba en la realización de las carreras de galgos encargándose de cobrar las entradas al predio.

La policía según surge de las actuaciones había recibido una denuncia, por lo que personal de la Distrital Dolores realizaba ese día observaciones en inmediaciones de la llamada “Quinta de Sotelo”, lugar donde además había ingresado de civil y a modo de avanzada un efectivo policial para tratar de obtener fotografías de lo que había o ocurría en el predio.

Precisamente esta persona constató que en el ingreso al predio había una mujer que cobra la entrada, 50 pesos por persona, aportando a la investigación posteriormente el papel que entregaban como entrada. Asimismo verificó el funcionario policial que había en el lugar un numero importante de personas, vehículos y perros galgos, algunos de ellos encerrados en una especie de corral, debajo de una especie de tinglado. Que al lado de éste había una mesa con una chica sentada, y que la gente luego de ver los perros encerrados apostaban, dándoseles un troquel con los datos de animal al que habían apostado y el monto. Y que a un costado de esa mesa y dentro del mismo galpón, había un pizarrón con los nombres de los perros. Que también había en el predio una pista para carreras de perros galgos, y agregó haber presenciado una carrera, la cual se había suspendido porque aparentemente había estado mal largada, precisando que los perros tenían pecheras con números que los identificaban.

Mientras esto ocurría la policía organizaba un operativo que contaba con la colaboración del Grupo de Apoyo Departamental (GAD), conociéndose por boca del policía que estaba de civil en el interior del predio, que en un momento llegó una persona en moto alertando al dueño del lugar sobre la llegada de efectivos policiales, lo que provocó alarma y la fuga de los concurrentes del evento denunciado, dejándose constancia en las actuaciones, que tras esa fuga se pudo determinar la existencia de una salida alternativa oculta a los fondos del predio, como saliendo hacia el Canal “A”, pero que no obstante lo ocurrido se había logrado filmar a muchos de los vehículos que se encontraban en ese lugar, filmación que luego fue agregada a la causa. Asimismo tras ser identificado el responsable del lugar y de las carreras de galgos, Santos Aníbal Sotelo, se lo notificó como imputado de las faltas constatadas.

El fallo consigna también, que la autoridad policial al requerir testigos para el procedimiento, muchas personas se negaron manifestando tener temor al ambiente galguero, miedo a represalias, lográndose finalmente que una accediera a serlo.

Uno de los concurrentes a esas carreras corroboró de su realización, de las apuestas que se hacían, “preferentemente entre los dueños de los perros”, que se cobraba entrada y que el responsable de todo era Santos Sotelo

En las fotos obtenidas por el policía que ingresó de civil al predio, según el fallo se pueden observar perros galgos con pecheras numeradas, vehículos y personas, como también en otras obtenidas por Internet, una toma aérea del canódromo donde se observa la pista y las calles que delimitan el lugar.

Del informe producido por el Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia, surgió claramente que el mencionado canódromo no se encontraba legalmente autorizado.

La Dra. Merlo luego de analizar distintos testimonios y pruebas incorporadas al caso, consideró que el imputado Santos Aníbal Sotelo había sido el organizador de las carreras de galgos y responsable de las apuestas que se hacían en el lugar. Además precisó que el imputado era reincidente, ya que el Juzgado Correccional nº 2 Departamental lo había condenado en febrero del año pasado por un caso similar.

Por ello resolvió condenar en esta Causa Contravencional a Santos Aníbal Sotelo, de 55 años de edad, a la pena de “Sesenta días de arresto y una multa de 4.378 pesos”, declarándolo reincidente, y disponiendo al propio tiempo la clausura definitiva del canódromo ubica en el predio, debiéndose notificar personalmente de ello a “quien resulte ser propietario, locatario, tenedor o poseedor por cualquier titulo del inmueble donde se encuentran ubicadas las pistas”, librándose oficio al Municipio con copia de esta sentencia.

Digamos finalmente, que la mujer que había sido sindicada en las actuaciones como quien cobraba las entradas, no fue fehacientemente identificada y se la absolvió.

Imagen ilustrativa

Compromiso

Compartir este artículo