La Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal no habilitó la feria judicial para tratar un pedido de inconstitucionalidad de la ley de subrogancias, la cual permite a abogados ocupar juzgados vacantes.
Los jueces de feria Clara Do Pico y Rodolfo Facio rechazaron un planteo del abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez.
“La habilitación de la feria judicial se encuentra condicionada a la existencia de un supuesto que no admita demora, es decir que se trata de diligencias urgentes que de esperar a que concluya este período inhábil podrían tomarse ineficaces u originar perjuicios evidentes a las partes”, advirtieron en la resolución.
El planteo del letrado era contra las designaciones de los abogados como conjueces para ocupar aquellos juzgados que quedan vacantes, tal como fijó la nueva ley de subrogancias, la 27.145, sobre la cual varios artículos hayan sido declarados inconstitucionales aunque no así la totalidad de la norma.