El bloque de Diputados del Frente Renovador en la provincia de Buenos Aires rechazó –con su voto en contra- al proyecto aprobado ayer en la sesión relacionado a la creación de la policía comunal que el distrito de San Miguel propone por ordenanza municipal.
La bancada considera que la decisión del intendente Joaquín de La Torre en crearla a través del Concejo Deliberante está bajo la órbita constitucional y amparada por la Ley Orgánica de Municipalidades (en sus artículos 25 (b) y 178 (4)) donde habilitan la creación por parte de los municipios de su propia policía de seguridad, incluso con la facultad de portar armas con agentes que realicen tareas disuasivas y preventivas necesarias para controlar la criminalidad.
“La idea de la policía comunal es que el distrito cuente con las herramientas indispensables para coordinar, articular y preservar la visión estrictamente local de los problemas de seguridad y criminalidad; pudiendo de tal forma constituirse paulatinamente en instrumento principal para la formulación y ejecución de la política de seguridad preventiva en el Partido de San Miguel”, ampliaron.
En sus argumentos, el espacio renovador sostiene que, de acuerdo a los conceptos del prestigioso académico especialista en Derecho Administrativo y Constitucional, Dr. Alberto Bianchi, en dictamen solicitado por el Municipio de General Pueyrredón manifestó la viabilidad Constitucional y legal de la constitución de la Policía Municipal, llegó a la conclusión de que “en el sistema constitucional argentino los municipios son autónomos. Así lo dispone el art. 123 de la Constitución Nacional y lo ha establecido también la jurisprudencia de la Corte Suprema”.
Además, detalló que “el reconocimiento de la autonomía municipal implica que los municipios ya no son más delegaciones de las provincias, sino estados que poseen poderes propios, los cuales deben ser ejercidos en coordinación con las provincias”.
Si bien la Constitución de la provincia de Buenos Aires no ha establecido expresamente el régimen de la autonomía municipal, “ese silencio debe interpretarse como una aceptación tácita de la misma. De lo contrario la CPBA violaría el mandato expreso del art. 123 Constitución nacional”.
Por ultimo, indicó que la creación de una policía municipal no requiere del dictado de una ley provincial que disponga esta facultad.
Por ello, desde el bloque del Frente Renovador “consideramos que la formación de una fuerza local bajo la órbita municipal solo atiende a la demanda de seguridad de la población que ha llevado a los municipios a asumir esta función, ya que en los últimos años, en San Miguel, se ha desarrollado un Plan de Prevención del Delito y la Violencia orientado a dar cuenta de aquellos factores generadores de inseguridad que pueden abordarse desde el nivel local”.





