El gobierno de EE.UU. apoyará a Argentina en el juicio por la expropiación de YPF

En un gesto hacia el presidente Javier Milei, el gobierno de Donald Trump anunció que apoyará formalmente el reclamo de Argentina ante la Cámara de Apelaciones de Nueva York en el complejo juicio por la expropiación de YPF por el que el país busca que no se utilicen acciones de la compañía en un eventual pago.

El Departamento de Justicia de EEUU. presentó el martes un escrito como amicus curiae (amigo del tribunal) apoyando a la defensa argentina en su reclamo de que se suspenda el fallo de la jueza Loretta Preska, que ordenó al Estado argentino a pagar 16.000 millones de dólares por el 51% de las acciones que quedaron en manos del Estado tras la expropiación de la empresa en 2012, durante la gestión de Cristina Kirchner.

Hubo dos presentaciones judiciales el martes: una firmada por David E. Farber y otra por Benjamin H Torrance, dos abogados que trabajan en la oficina del fiscal de Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York. Se presentaron concretamente para un amicus curiae en apoyo a la Argentina, aunque aún no se argumentaron los motivos del respaldo, que se estima que serán presentados en un nuevo documento los próximos días.

Actualmente, la sentencia del caso YPF se encuentra suspendida de forma momentánea, mientras se desarrolla el proceso de apelación iniciado por el Estado argentino. La movida del Departamento de Justicia busca garantizar que esa suspensión se mantenga durante todo el proceso judicial.

Un abogado experto en el tema y que sigue el caso en Washington señaló que “la Corte no tiene ninguna obligación de prestar atención a uno u otro amicus curiae. Pero, por supuesto, si tenés al propio gobierno de Estados Unidos manifestando que apoya la postura argentina es un respaldo de peso”.

El experto resalta que Igualmente la Argentina ya tuvo un apoyo del Gobierno de Estados Unidos y aun así la jueza Preska terminó fallando contra el país.

Se refería concretamente a una presentación que el gobierno de Joe Biden hizo en octubre del año pasado, que le recomendaba a la jueza Preska que no tuviera en cuenta el pedido del fondo Burford de quedarse con las acciones de la empresa.

En aquel “amicus curiae”, presentado por el entonces fiscal para el Distrito Sur de Nueva York, David Williams, se argumentaba que si el Estado entregaba las acciones se violaría las normas de inmunidad soberana de ese país. Y le recomendó a Preska que rechace esa solicitud.

Un argumento similar se presentaría en este caso poque el Departamento de Justicia considera que la entrega forzosa de acciones de una empresa estratégica como YPF afecta principios de inmunidad soberana.

¿Qué es el “amicus curiae?

El amicus curiae (amigo de la corte o amigo del tribunal) es una expresión latina utilizada para referirse a presentaciones realizadas por terceros ajenos a un litigio, que ofrecen voluntariamente su opinión jurídica, alegatos, demanda o exhorto jurídico vinculante frente a algún punto de derecho u otro aspecto relacionado, para colaborar con el tribunal en la resolución de la materia objeto del proceso.

La información proporcionada puede consistir en un escrito con una opinión legal, o una demanda, por omisión y existir violaciones al debido proceso de las partes o tribunal juzgador, un testimonio no solicitado por parte alguna o un informe en derecho sobre la materia del caso. La decisión sobre la admisibilidad de un amicus curiae queda, generalmente, entregada al arbitrio del respectivo tribunal.

Esto generalmente ocurre en procesos de opinión pública en los cuales una parte procesal es sujeta de violación de derecho y representa los derechos de participación de un colectivo, o los derechos constitucionales de una persona natural, al verse afectados los derechos de una parte procesal por vulneración de derechos colectivos y de participación, indirectamente o por inercia se afectan los derechos de un colectivo o grupo de personas.

Antecedentes

Los antecedentes más remotos de la figura del amicus curiae se encuentran en la antigua Roma. A comienzos del siglo IX, esta institución de derecho romano se habría ido incorporando a la práctica judicial de Inglaterra.

Desde Inglaterra se extendió a los diversos países de tradición anglosajona, convirtiéndose en un elemento característico del Common Law para resolver causas de interés público en que se presentan posiciones muy polémicas o controvertidas.

Actualmente esta figura se ha extendido más allá del Derecho anglosajón, primero a los órganos internacionales de protección de los derechos humanos (comisiones y tribunales internacionales) y, a partir de estas prácticas de Derecho internacional, se ha incorporado en países que antes no lo acogían (especialmente de Derecho continental).

Utilización

Habitualmente se presentan amicus curiae en juicios en los que está en juego alguna libertad o derecho fundamental, debido al interés general que provocan en la sociedad este tipo de causas. Es decir, se acostumbran a realizar en litigios en que el asunto controvertido involucra directa o indirectamente a los derechos humanos, derechos de participación, derechos colectivos y que por tanto, pueden incidir o afectar la vigencia o extensión de algún derecho fundamental, derechos civiles y derechos constitucionales.

Por ello, comúnmente son presentados por importantes ONG de defensa o promoción de los derechos humanos locales, nacionales o internacionales (como Human Rights Watch o Amnistía Internacional) y asociaciones no lucrativas de abogados, aunque también son presentadas por otro tipo de organizaciones de la sociedad civil (fundaciones o corporaciones sin fines de lucro) o incluso por particulares.

Dichas presentaciones no requieren necesariamente ser de carácter legal, pudiendo ofrecer otras perspectivas (histórica, económica, sociológica, etc.), pero ellas deben tener alguna incidencia jurídica, y estar sustentadas en los códigos jurídicos (constitución, códigos penales)

Aceptación

El derecho anglosajón es uno de los sistemas con más receptividad de esta institución. Así por ejemplo, Estados Unidos es uno de los países con mayor utilización del amicus curiae, especialmente a nivel de los tribunales federales (al decidir la constitucionalidad de las leyes). Inglaterra también los acepta habitualmente. En Colombia, la figura de amicus curiae, es utilizada con frecuencia por la Corte Constitucional de Colombia que, para decidir acerca de la constitucionalidad de las leyes, solicita opiniones a universidades, juristas reconocidos, instituciones de derecho público y particulares.

En el derecho internacional de los derechos humanos, el amicus curiae ha obtenido un lugar destacado, y es aceptado, entre otros organismos, por la Corte Penal Internacional, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

En América Latina se ha reconocido y aceptado paulatinamente, sobre todo por influencia de los sistemas internacionales de protección de los derechos humanos.

(DIB)

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