La legisladora de la UCR analizó el nuevo régimen penal juvenil y advirtió que la “política criminal juvenil debe orientarse no solo a la responsabilidad, sino también a reparar, estabilizar y reconstruir su proyecto de vida”.
En medio de la polémica por el nuevo Régimen Penal Juvenil, la diputada de la Unión Cívica Radical (UCR) y presidenta de la Comisión de Seguridad, Aldana Crucitta, reflexionó al respecto a los cambios en la normativa y explicó que es necesario un sistema de contención, a fin de evitar que los adolescentes puedan encausar sus proyectos de vida y prevenir la delincuencia a baja edad.
En ese sentido, la radical afirmó que “hoy la responsabilidad penal juvenil ha vuelto a ocupar un lugar central en la agenda pública argentina. La problemática de los jóvenes en conflicto con la ley penal es uno de esos temas sensibles que nuestra sociedad viene procesando y madurando a lo largo de los últimos años. Esto queda plasmado en la cantidad de proyectos de ley presentados en el Congreso Nacional por representantes de todas las fuerzas políticas que han encontrado en la actualidad el momento propicio para ser abordados atendiendo al nuevo imaginario social” e indicó que “si algo nos ha enseñado la historia es que cuando llegan estos puntos de inflexión, la mejor manera de afrontar esta temática es despojándonos de prejuicios con una mirada amplia, contemplando todas las aristas y desde todas las perspectivas necesarias para arribar a la mejor normativa posible”.
Sobre esa misma línea, Crucitta consideró que “por esta razón, reducir la discusión a una variable etaria implica, una vez más, simplificar un problema estructural cuya complejidad exige un análisis mucho más profundo. La pregunta que debería orientar este debate no es únicamente desde qué edad se puede imputar, sino fundamentalmente como el Estado actúa cuando un joven entra en conflicto con la ley y con qué herramientas cuenta para su intervención”.
“Es innegable que el régimen recientemente modificado (ley 22.278) respondía a un paradigma anacrónico, sancionado en un contexto político y jurídico radicalmente distinto al actual. Si bien ello
justifica la necesidad de una reforma legislativa, el cambio debe estar acompañado de una respuesta estatal que se adecue a los estándares contemporáneos de derechos humanos y a los desafíos actuales en materia de seguridad y política criminal”, continuó en diálogo con La Ley y resaltó que “la protección de derechos no se limita a un número etario fijado por la ley, sino en el modo en que el sistema responde frente al adolescente en conflicto con la norma penal, en la calidad de las políticas públicas que rodean su implementación (…) Por esta razón, ante la normativa recientemente aprobada, es imperioso tener en cuenta a la hora de trabajar su implementación, los recursos necesarios para poder afrontar de manera adecuada este nuevo desafío”.
Además, la diputada apuntó que “el traspaso de competencias penales a la Ciudad marcó un avance institucional en términos de autonomía y gestión judicial. Sin embargo, la discusión que hoy nos convoca pone en evidencia que no basta con ampliar las competencias jurídicas, sino que requiere un plan integral que fortalezca la capacidad de atención y prevención, para rehabilitar, reintegrar o integrar al adolescente en conflicto con la ley penal. Una baja de edad sin un desarrollo estructural acorde y sin un robustecimiento efectivo de los dispositivos socioeducativos y de acompañamiento, ampliando el universo de jóvenes sometidos al sistema penal corre el riesgo de trasladar al ámbito judicial problemáticas que son, en su raíz, sociales, familiares y comunitarias”.
“Sin embargo, en este contexto, haber reconocido la urgencia de actualizar el régimen vigente no implica considerar que la sola reducción de la edad constituya una solución autosuficiente. Por el contrario, debe ser entendida como un instrumento dentro de una política integral. Su eficacia dependerá, en gran medida, de la capacidad del Estado para intervenir tempranamente, contener durante el proceso y acompañar después, mediante políticas públicas preventivas, dispositivos terapéuticos y programas efectivos de reinserción que reduzcan la reiterancia, la reincidencia y fortalezcan la seguridad a largo plazo, para evitar trayectorias delictivas consolidadas”, continuó.
Y precisó que “durante años, el eje de la modificación normativa se enfocó en el umbral de imputabilidad, mientras que el meollo del asunto está en la eficacia del sistema. La reforma no debe adoptarse con mirada represiva, el derecho penal también cumple una función ordenadora. Está claro que el Estado no puede permanecer ajeno a conductas gravemente lesivas, aun cuando sean cometidas por jóvenes” y subrayó: “ello dispara una pregunta crucial que debemos hacernos frente a este cambio: ¿queremos una intervención punitiva temprana del aparato sancionatorio o queremos llegar antes al joven?”.
“Llegar antes al joven implica desplegar políticas de inclusión, educación y contención antes de que la vulnerabilidad se traduzca en infracción a la ley penal. En ese sentido, la respuesta estatal debe estructurarse en dos momentos claramente diferenciados: primero, la prevención mediante políticas públicas que eviten que el joven ingrese en el circuito penal y, en segundo lugar, cuando el hecho ya ha ocurrido, la intervención del sistema de responsabilidad penal juvenil orientada a la reparación del daño y a la reconstrucción del proyecto de vida del joven. Si el Estado solo aparece cuando se comete el delito, está llegando tarde y la respuesta no puede ser el mero encierro punitivo. Por consiguiente, no basta con una pena más temprana ni mayor; se requieren programas de prevención, contención y una responsabilidad penal juvenil que trabajen sobre el daño causado y el proyecto de vida del joven”, aseguró Crucitta.
Sobre esa misma línea, la radical explicó que “en conclusión, si la baja de la edad solo permite una intervención más temprana del aparato sancionatorio, el sistema habrá fracasado antes de comenzar. En cambio, si se da cumplimiento al abordaje integral regulado que combine responsabilidad con oportunidades reales de reinserción, la reforma podrá adquirir sentido transformador” e insistió en que “la política criminal juvenil debe orientarse no solo a la responsabilidad, sino también a reparar, estabilizar y reconstruir su proyecto de vida. Pero esa reconstrucción no se agota en la dimensión individual”.
“La baja de la edad de imputabilidad significa reconocer que el régimen anterior quedó obsoleto y que el Estado necesita herramientas acordes a la realidad contemporánea. Pero también implica asumir una advertencia: ninguna modificación legislativa podrá reemplazar la obligación indelegable de construir un sistema integral, realmente corresponsable. La estrategia estatal debe ser capaz de llegar antes, sostener durante y acompañar después”, sentenció.





