LA CORTE CONFIRMÓ LA CONDENA: CRISTINA KIRCHNER NO PUEDE SER CANDIDATA E IRÁ PRESA

Con el voto de los tres jueces, salió este martes el fallo contra la expresidenta en la causa Vialidad. En diciembre de 2022 había sido sentenciada a seis años de cárcel e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.

En un fallo histórico y trascendental, la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la condena contra la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, quien irá a prisión por seis años y además queda inhabilitada de manera “perpetua” para ejercer cargos públicos.

Luego de horas en las que la tensión fue en aumento, el máximo tribunal resolvió dar a conocer su decisión en la tarde de este martes: fue por unanimidad, con la firma de los tres integrantes de la Corte, Horacio Rossatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

Al rechazar el recurso de queja presentado por CFK, los jueces avalaron la sentencia que el Tribunal Oral Federal N°2 resolvió el 6 de diciembre de 2022, cuando condenó a la entonces vicepresidenta por el delito de administración fraudulenta contra la administración pública, en el marco de la causa por corrupción en la obra pública denominada “Vialidad”.

En agosto de ese año, el fiscal Diego Luciani había pedido 12 años de prisión para CFK y también la había acusado por el delito de asociación ilícita, por el cual finalmente fue absuelta en el veredicto.

En tanto, el 13 de noviembre de 2024, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal (jueces Mariano Borinsky, Diego Barroetaveña y Gustavo Hornos) confirmaron la sentencia. En su voto, Hornos consideró que el delito de asociación ilícita también debía aplicarse.

En sus últimas apariciones antes de conocerse el fallo, la actual presidenta del Partido Justicialista Nacional adjudicó el aceleramiento de la resolución de la Corte al anuncio que había hecho el pasado 2 de junio sobre presentarse como candidata a legisladora bonaerense por la tercera sección electoral.

Bajo el concepto de la proscripción y “lawfare”, que desde el kirchnerismo denunciaron constantemente al referirse a las causas contra la expresidenta, CFK manifestó: “Me quieren presa o muerta, pero lo que nunca van a poder evitar es que vuelva el pueblo”. En tanto, este lunes, durante el aniversario de los fusilamientos de José León Suárez, las dos veces presidenta de la Nación afirmó que “estar presa es un certificado de dignidad”.

Con 72 años de edad, se espera que la defensa de la exmandataria pida el beneficio de la prisión domiciliaria.

En el rechazo al recurso extraordinario, los jueces señalaron: “Analizadas las actuaciones, esta Corte considera que no se ha acreditado la existencia de arbitrariedad en el razonamiento del tribunal de mérito, ni se ha configurado lesión constitucional manifiesta que amerite la intervención correctiva de esta instancia excepcional”.

“La sentencia condenatoria se encuentra fundada en elementos probatorios suficientes, ponderados conforme las reglas de la sana crítica racional, y que los jueces del Tribunal Oral respetaron los principios del proceso penal acusatorio, sin incurrir en exceso jurisdiccional ni apartamiento palmario de la ley”, agregaron.

Y sostuvieron que “el derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial no se ha visto conculcado por la participación de jueces cuya intervención fue oportunamente consentida y no objetada en tiempo y forma”.

La Corte también dejó firme la absolución por el delito de asociación ilícita, tras rechazar el pedido de la fiscalía -sostenido por el procurador General, Eduardo Casal- para duplicar la condena de CFK, al declarar el planteo inadmisible por aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Rossatti y Rosenkrantz firmaron un voto conjunto, donde rechazaron los argumentos de la defensa de la expresidenta a través del recurso de queja. Luego, Lorenzetti se sumó a ese voto.

En los argumentos del fallo de 27 páginas, los cortesanos afirmaron que “las sentencias dictadas por los tribunales anteriores se asentaron en la profusa prueba producida -valorada de conformidad con las reglas de la sana crítica (art. 398 del Código Procesal Penal de la Nación)- y en el Código Penal sancionado por el Congreso, sin que se haya demostrado en modo alguno que la decisión apelada no constituya una derivación razonada del derecho vigente de conformidad con las circunstancias particulares comprobadas en la causa, ni que durante el proceso se haya vulnerado alguna garantía constitucional. El debido proceso ha sido salvaguardado y la recurrente ha obtenido una sentencia fundada en ley”.

“Las sanciones aplicadas son las que determina el ordenamiento jurídico vigente. La imposición de las penas de prisión e inhabilitación no hace otra cosa que tutelar nuestro sistema republicano y democrático según las leyes penales dictadas por los representantes del pueblo en el Congreso de la Nación (art. 174, último párrafo, del Código Penal, texto según ley 25.602)”, sumaron.

Cristina Kirchner se convirtió este martes en la segunda presidenta desde el retorno de la democracia en ser condenada por la Justicia, aunque la primera con sentencia confirmada de la Corte Suprema. El otro fue Carlos Saúl Menem, sobre quien el máximo tribunal nunca resolvió y falleció con fueros siendo senador nacional.

Tras el fallo, CFK habló desde la sede del PJ, donde esperó la decisión rodeada de dirigentes y militantes. Más temprano había estado reunida con los senadores nacionales de Unión por la Patria.

Acompañada por su hijo, el diputado Máximo Kirchner, y su cuñada, la senadora Alicia Kirchner, la expresidenta cuestionó al Gobierno nacional y la Justicia. “El Partido Judicial le aplicó un cepo al voto popular”, denunció y habló de “un triunvirato que ejecuta órdenes superiores”. También llamó a los jueces “monigotes” e “impresentables”.

La denuncia original de la causa Vialidad se inició en 2008 con las presentaciones de la líder de la Coalición Cívica, Elisa Carrió, cuando CFK era presidenta.

La investigación se basó en demostrar si el empresario santacruceño Lázaro Báez había sido beneficiado -durante los gobiernos K, de 2003 a 2015- con contratos millonarios, a través de la adjudicación de obras viales que no se concluyeron en su totalidad.

Por eso, además de la exmandataria, el TOF 2 también condenó a Báez (6 años); al exsecretario de Obras Públicas de la Nación, José López (6 años); y al extitular de la Dirección Nacional de Vialidad, Nelson Periotti (6 años); entre otros.

 

Parlamentario

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