El Ministerio Público de la Acusación de Jujuy aportó las razones para mantener presa a la dirigente jujeña y se enfocó en el expediente P-129.652/16.
El Ministerio Público de la Acusación de Jujuy aportó las razones que pesan para mantener presa a la dirigente jujeña y se enfocó en el expediente P-129.652/16, en el que se la investiga como presunta jefa de una asociación Ilícita y coautora de extorsión y fraude contra la administración pública.
Según el informe, a partir de las denuncias de nueve cooperativistas de la Red de Organizaciones Sociales se descubrió un “modus operandi utilizado por Milagro Sala y un grupo de colaboradores cercanos, para absorber fondos destinados a la construcción de viviendas y mejoramientos habitacionales, que luego fueron asignados a fines por el momento desconocidos”.
Para la Justicia jujeña, Sala “habría instalado un sistema para apoderarse de modo ilegítimo y violento de fondos públicos para viviendas”.
La jefatura que Sala ejerce en la Tupac Amaru “acrecienta las posibilidades de que intente eludir el accionar de la justicia y con mayor razón pueda obstruir la presente investigación”, reza la justificación oficial.
En el texto se subraya que existe “la plena prueba de la existencia de los hechos y la semiplena prueba de la culpabilidad de la Sra. Sala en la participación de los mismos, conforme surge de las constancias de la causa”.
En otro pasaje, se puntualiza que “se percibieron montos dinerarios y las obras no se efectuaron” porque “el dinero percibido era reunido y entregado a Sala”.
El Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU cuestionó la detención de la dirigente, que está presa desde enero de este año tras un acampe contra el gobernador Gerardo Morales. El reclamo de ese grupo fue apoyado por la Organización de Estados Americanos (OEA), cuyo titular, el uruguayo Luis Almagro, pidió la inmediata liberación de Sala.
La respuesta oficial ante la CIDH describe que la detención de Sala cumple “con todos los requisitos previstos por los estándares internacionales respecto del encarcelamiento preventivo” y resalta que “las observaciones respecto al tiempo de detención de la Sra. Sala sin que se hubiera dictado su prisión preventiva no determinan, como pretenden señalar los peticionantes -ante el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria-, una situación de vulneración de derechos, en sí misma”.
Sala, según la justicia jujeña, “se desarrolló como jefa de un sistema de asociación ilícita para apoderarse de modo ilegítimo de los fondos públicos que el Estado entregaba para la construcción y el mejoramiento de viviendas”, se consigna en el informe.