El Gobierno nacional extendió, mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia, hasta fin de mes el plazo para adquirir el bono a 7 años para quienes se adhieran al Régimen de Sinceramiento Fiscal, a través del cual pueden evitar el pago de la multa.
El DNU 139/2017, publicado en el Boletín Oficial este lunes, modifica el apartado 2 del inciso “a” del artículo 42 de la Ley N° 27.260 de “Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados”, llevando el límite para la compra del BONAR 1% 2023 hasta el 31 de marzo de 2017, cuando la fecha original era hasta el 31 de diciembre de 2016.
“Con posterioridad al 31 de diciembre de 2016 numerosos contribuyentes han formulado solicitudes para acceder al Régimen de Sinceramiento Fiscal a través de la adquisición de “Bonos de la República Argentina en dólares estadounidenses 1% vencimiento 2023 (BONAR 1% 2023)”, lo que no ha sido posible a tenor de la fecha de vencimiento prevista”, afirma la norma entre sus considerandos.
Además, siempre según el decreto, “la emisión del BONAR 1% 2023, oportunamente realizada, no ha sido totalmente colocada”.
La Ley de Reparación Histórica, que incluye el Régimen de Sinceramiento Fiscal, permitía la adquisición de títulos públicos o participación en Fondos Comunes de Inversión por la tercera parte del capital exteriorizado, lo que exceptúa del impuesto no sólo al monto involucrado en la compra de títulos, sino al total de los fondos declarados.
Las opciones que otorgó el Gobierno fue un bono en dólares a 3 años (BONAR 0% 2019) y el mencionado BONAR 1% 2023, el cual es intransferible y no negociable durante los primeros cuatro años, aunque luego podrá liquidarse en el mercado secundario.