CPR DOLORES: ALLANAMIENTO CON RESULTADO POSITIVO – ‏TRES HECHOS DE ROBO ESCLARECIDOS

A raíz de tres hechos perpetrados en establecimientos rurales del Partido de Dolores, ocurrido uno de ellos el día 14/09/2015 , otro el día 19/10/2015 y el día 26/10/2015, tras varias tareas investigativas se logró establecer que no sería ajeno a los hechos citados una persona del sexo masculino con domicilio en la planta urbana del partido de Dolores, como así también testimonios permitieron establecer que varios de los elementos sustraídos en los tres hechos se encontrarían en un campo ubicado en el partido de Castelli, motivo por el cual habiendo reunido prueba suficiente en el día de la fecha se solicitaron dos órdenes de allanamiento y secuestro las cuales fueron otorgadas por el Juzgado de Garantías Nº 3 a cargo del Dr. Gastos Eduardo Giles.

Dando cumplimiento a las Diligencias Judiciales personal de la Coordinación de Zona de Seguridad Rural Dolores, en forma conjunta con personal del COMANDO DE PREVENCION RURAL DOLORES, quien se hallaba a cargo de la instrucción de las presentes actuaciones y con colaboración del Comando de Prevencion Rural Castelli, Posta de Seguridad Rural Cerro de la Gloria, Puesto de Vigilancia Parravicini y DDI Dolores procedieron al secuestro de: Una motosierra marca Niwa color naranja tamaño mediano; Una encimera con estribos de hierro y boleadoras. Cuatro (04) garrafas de 10 kilos, un hacha cabo de madera, una tijera de tusar, una cortadora de alambre, Una tenaza; una llave Francesa, una pava essem.

Un Tráiler para dos equinos color blanco de doble eje; tres recados completos con estribos de hierro, Un grupo electrógeno negro y amarillo de 1 KVA, 4 Jeringas para vacunas de las cuales dos eran nuevas sin usas, una caja de herramientas color verde conteniendo en el interior llaves combinadas desde el número cinco al 30, llaves francesas, dos pintas, tres tenazas y herramientas varias y una batería de 12 volts. Habiendo mantenido comunicación con la fiscalía interviniente avalo lo actuado y dispuso la notificación al imputado del contenido del Artículo 60 del CPP y demás diligencias de rigor.-

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